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miércoles, 20 de junio de 2012

LA REFORMA LABORAL: Modificaciones legislativas al amparo de la Ley 27/11 en el Sistema de la Seguridad Social

I.- Valoración General.

a) Apuesta por la empleabilidad del trabajador

Se busca en todo momento dotar de mayor flexibilidad al mercado laboral. Con anterioridad existía y existe una tremenda dualidad entre aquellas personas que poseen un trabajo de carácter indefinido y el resto que lo posee de manera temporal. La diferencia de derechos entre unos y otros era abismal.
Se trata por tanto de incentivar lo que será la movilidad de las personas dentro del Mercado. Además se introduce una reforma que es la obligación de 20 horas remuneradas de caracter anual durante toda la vida laboral para la formación laboral de la persona dentro de ámbito de la empresa.
Con anterioridad se daba una paradoja perversa. Era más sencillo despedir al trabajador que modificar sus condiciones de trabajo. Será con esta reforma cuando se permita modificar, sin vulnerar derechos, las condiciones laborales antes que despedirlo.

b) Estabilidad en el empleo.

Puede parecer extraño, sobre todo teniendo en cuenta la reducción de los costes del despido. Pero la explicación, sobre todo si se aplica a medio y largo plazo es la siguiente. Lo que se busca es minorar la cantidad de personas que poseen un empleo de forma temporal. En la actualidad ha sido la fórmula más utilizada por las PYMES, que representan el 70 % del tejido empresarial español. Esta fórmula empezó a usarse, debido a los elevados costes que podía producir despedir a un trabajador, y la coyuntura económica quizás te permitiera aumentar el personal de la empresa, pero si llegaba una situación de malos tiempos dentro de la empresa, el despido y los costes que acarreaba se tornaban en algo imposible.

II.- 15 ideas básicas en la reforma operada por el RDL 3/12.


1.- Despido por causas económicas sin necesidad de pérdidas: 20 días por año.

La modificación parece clara. Con anterioridad se estimaba que cuando una empresa tuviese pérdidas podría despedir a sus empleados. La novedad aportada es que la empresa no tiene porqué tener pérdidas. Solo una disminución de los ingresos durante un periodo dilatado que se estima en tres trimestres. Sin embargo hay que reseñar que para poder llevar este despido a cabo será precedido la aprobación judicial.

2.- Reducción del despido improcedente a 33 días y 24 mensualidades.

Pasará de 45 a 33 días con un máximo de 24. Respetándose en todo momento los contratos vigentes en los que se estipule los 45 días. La indemnización no podrá ser superior a los 720 días.

3.- Otras reformas en materia de despido.

Se elimina la autorización administrativa previa para solicitar la reducción de jornada y los ERE. Conlleva despido más barato y se evita la negociación con los sindicatos donde podrían obtenerse indemnizaciones de hasta 90 días.
Se elimina los privilegios de los representantes de trabajo que impedía que fueran despedidos antes que el resto de sus compañeros.

4.- Lucha contra el paro juvenil.

Posibilidad de capitalizar hasta el 100% de la prestación por desempleo para hombres de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 (viva la igualdad).
Contrato para formación y aprendizaje a los menores de 30 años. Se aplicará hasta que el desempleo baje del 15%.
Bonificación de jóvenes para contratos indefinidos de hasta 4500 €

5.- Contrato de emprendedores.

Se crea un contrato indefinido para emprendedores. Empresas de menos de 50 trabajadores que contraten a un desempleado incluirá una deducción de 3000 € al primer trabajador de menos de 30. El empleado podrá cobrar un 25% del desempleo y el empleador podrá deducirse 50% del coste para la empresa.

Nuevo contrato de apoyo indefinido a las PYMES

6.- En materia de formación.

a) Se debilita al poder sindical. Abre la puerta al sector privado para la formación Los centros privados también podrán ejercer esta actividad.
b) 20 horas de formación anual
c) Cheque de formación de toda la vida laboral.
d) Hasta los 30 años se eleva la edad para acceder a un contrato de formación.

7.- Prohibición de la encadenación de contratos temporales sin límite. Más allá de los 24 meses.

8.- Contratos a tiempo parcial y teletrabajo.

Se aprueba el trabajo no presencial, con salario igual al resto de compañeros. Bonificacion del 50 % en caso de ERE. Se cotizará para jubilación aquellos que realicen un contrato de tiempo parcial y hagan horas extraordinarias. Dichas horas se incluirán en la base.

9.- Finalización de la ultra actividad en los convenios y los permisos para ERE

Se prohíbe el alargamiento indefinido de los convenios colectivos, se situará en 2 años como máximo.
Se dará prioridad a los convenios colectivos dentro del ámbito de la empresa, independientemente de lo que se solicite por convenios de ámbito superior a la propia empresa. Esto facilita la actividad interna de la propia empresa así como su flexibilidad.

10.- Nuevo tratamiento a las ETT

Se viene defendiendo que las ETT son mucho más eficaces que el servicio público de empleo, el cual solo coloca en el mercado al 3%.

11.- Lucha contra el fraude y el absentismo.

a) los desempleados que cobren el paro podrán realizar servicios de interés para la comunidad.
b)el absentismo de un trabajador se desvincula del resto de la plantilla pudiendo aplicarse su conducta de forma individual
c) Se mejora la evaluación de la IT (incapacidad temporal) por las mutuas.

12.- Eliminación de categorías profesionales. Se incentiva la movilidad.

13.- Limitación de la indemnización de los directivos de la Banca

El directivo sancionado no tendrá derecho a la indemnización.

14.- Directivo de empresa pública que cese y se reincorpore en su puesto no tendrá derecho a salario de tramitación. Si no vuelve a reincorporarse tendrá derecho a 7 días por año trabajado.


Estas son en esencia las líneas maestras de lo que es la Reforma Laboral. Para ello he usado la propia ley 27/11. He decidido omitir en esta entrega lo que vendrían a ser las aplicaciones directas y el desarrollo específico por ser de gran extensión. Si alguien desea que profundice sobre algún aspecto lo haré con gusto.
Un Saludo.

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